Obtener el Registro Ambiental es solo el inicio de una obligación que se repite en el tiempo. Una vez emitido el permiso, el MAE no desaparece del proceso: al primer año exige un Informe Ambiental de Cumplimiento (IAC) y luego cada dos años. Muchos titulares descubren esta obligación cuando ya están fuera de plazo, lo que deriva en observaciones, sanciones y trámites correctivos que pudieron evitarse.
¿Qué es el Informe Ambiental de Cumplimiento?
El IAC es el reporte técnico mediante el cual el operador de un proyecto con Registro Ambiental demuestra a la Autoridad Ambiental Competente que está cumpliendo con la normativa ambiental vigente, el Plan de Manejo Ambiental (PMA) aprobado y las obligaciones establecidas en su permiso. Su base legal se encuentra en los artículos 488 y 489 del Reglamento al Código Orgánico del Ambiente (RCODA).
- Periodicidad: Al primer año de emitido el Registro Ambiental y posteriormente cada dos años.
- Dónde se presenta: Íntegramente en línea a través del SUIA, en el módulo de control ambiental (control.ambiente.gob.ec).
- Tasa oficial: 10% del costo de elaboración del informe, con un mínimo de USD 50, según el Acuerdo Ministerial 083-B. Si el competente es un GAD, la tasa puede variar según su ordenanza local.
- Sanción por incumplimiento: Multa de entre el 50% y dos salarios básicos unificados por no presentarlo en el plazo establecido.
Cómo funciona el módulo IAC en el SUIA
El proceso dentro del sistema es secuencial: cada sección debe completarse y validarse antes de pasar a la siguiente. No es posible omitir etapas ni enviar el informe si hay campos obligatorios pendientes. Estos son los bloques principales que componen el formulario:
Información general y responsabilidad técnica
El sistema solicita el código SUIA del proyecto, el período de evaluación, los datos del representante legal y de quien elaboró el informe. Si interviene un consultor ambiental externo, sus datos deben ingresarse en esta sección y el documento debe estar firmado digitalmente por él. La firma electrónica es un requisito indispensable en todo el proceso, tanto para el envío del informe como para solicitudes de prórroga.
Para la mayoría de actividades con Registro Ambiental no es obligatorio contratar un consultor externo: el responsable técnico de la empresa puede elaborar y cargar el informe directamente.
Evaluación de cumplimiento normativo y pasivos ambientales
Esta es la sección de mayor peso técnico. El operador evalúa cada obligación establecida en su permiso ambiental y la marca como conforme o no conforme. Si alguna obligación se registra como no conforme, el sistema habilita automáticamente un campo para cargar un Plan de Acción con medidas correctivas, cronograma y costos estimados.
Si durante el período evaluado se identificaron pasivos ambientales o fuentes de alteración, el sistema solicita su georreferenciación en coordenadas UTM WGS-84 Zona 17S, el tipo de contaminación y el estado actual de cada punto.
Plan de Manejo Ambiental: reporte y actualización
El sistema diferencia entre las etapas de construcción y operación del proyecto. Para cada subplan del PMA se debe reportar el nivel de cumplimiento de cada medida. Si alguna medida requiere modificación, el sistema permite actualizar el PMA desde el mismo módulo, lo que genera una tasa adicional equivalente al 10% del costo de la modificación.
Monitoreo físico y biótico
El SUIA dispone de plantillas descargables para estandarizar el ingreso de datos de monitoreo. Para el medio físico incluye matrices de calidad de aire, ruido, suelo y agua. Para el medio biótico, el sistema solicita inventarios de flora y fauna, metodologías de muestreo, sitios georeferenciados y análisis de resultados. Las coordenadas de los puntos de monitoreo deben coincidir exactamente con las registradas en el Certificado de Intersección del proyecto; una discrepancia genera observaciones automáticas.
Pago de tasas y generación del NUT
Al completar el formulario, el sistema calcula automáticamente el valor de las tasas según el Acuerdo Ministerial 083-B y genera una orden de pago con un Número Único de Trámite (NUT) con vigencia de 72 horas. El pago se realiza en BanEcuador o Banco del Pacífico. Si el competente es un GAD, primero se debe validar el pago con la entidad local para obtener el código de referencia que el SUIA requiere.
Plazos y prórrogas
El IAC debe presentarse dentro de los 15 días término posteriores al vencimiento del período de evaluación. Si el plazo resulta insuficiente, el sistema permite solicitar una prórroga de 10 días término adicionales por una única vez. La solicitud debe enviarse antes de que venza el plazo original y requiere firma electrónica y justificación del motivo.
Consideraciones para proyectos bajo competencia de un GAD
En provincias y cantones con autoridad ambiental acreditada, el IAC se presenta ante el GAD correspondiente, aunque el trámite se gestiona igualmente a través del SUIA. Las tasas, formatos complementarios y canales de pago pueden variar según la ordenanza local de cada jurisdicción. Es recomendable verificar con la autoridad ambiental local si existen requisitos adicionales antes de iniciar el proceso en el sistema.
En Registro Ambiental Ecuador gestionamos el IAC de su proyecto de principio a fin: levantamiento de información de campo, elaboración del informe, ingreso al SUIA y seguimiento hasta el pronunciamiento de la autoridad. Contáctenos por WhatsApp al +593 96 421 4337 o escriba a soporte@arcgeek.com para revisar las fechas de vencimiento de su permiso.